La regla general: la deuda "viaja" con el auto
La deuda de patente es una obligación asociada al vehículo (lo que en derecho se llama propter rem): salvo pacto en contrario, viaja con el auto. Por eso, tras la transferencia, pueden reclamártela a vos como nuevo titular. Conviene distinguir bien los tipos de deuda porque no todas funcionan igual.
Los tipos de deuda que puede tener un auto
- Patente / impuesto automotor: provincial o municipal según la jurisdicción de radicación.
- Multas de tránsito: nacionales y provinciales/municipales.
- Peajes impagos.
- Gravámenes registrales: prendas, embargos y medidas cautelares.
Todo esto figura, según el caso, en el informe de dominio (gravámenes y cautelares) y en el informe de infracciones (multas y deuda de patente).
¿Qué le podés reclamar al vendedor?
Si en el boleto de compraventa o en el Formulario 08 el vendedor declaró el auto "libre de deuda al momento de la entrega" y no era cierto, tenés base para reclamar. El Código Civil y Comercial contempla la responsabilidad por vicios ocultos y por evicción, y si hubo ocultamiento deliberado puede haber dolo. El camino habitual es la mediación previa y, si no hay acuerdo, la demanda por incumplimiento.
Tus dos opciones prácticas
- Opción A — Pagar y reclamar: pagás la deuda para poder circular/transferir y después le reclamás al vendedor lo abonado.
- Opción B — Rescindir: si la operación todavía se puede deshacer (según haya o no transferencia inscripta), buscar dejar sin efecto la compra.
Casos particulares
Si hay una prenda no cancelada, no vas a poder transferir hasta levantar la prenda o contar con el consentimiento del acreedor. Y con las multas, la clave es cuándo se labró la infracción: las anteriores a la transferencia son reclamables al vendedor (lo vemos en esta guía).
Los plazos de prescripción de la deuda de patente varían por jurisdicción y se interrumpen con cada intimación. Consultá el plazo vigente en tu provincia antes de dar algo por prescripto.